Trabajadoras del hogar entran plenamente en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

La nueva obligación preventiva protege a 1,3 millones de empleadas domésticas en España

Por Montserrat Masdival
25 de noviembre de 2025 11:30 Actualizado: 25 de noviembre de 2025 11:30

El 14 de noviembre finalizó el plazo para que las personas empleadoras del hogar regularizaran la situación de las trabajadoras ya contratadas, realizando la evaluación de riesgos laborales de su vivienda y comunicándola a sus empleados. Esta evaluación tiene como finalidad identificar los posibles riesgos en el domicilio y explicar cómo prevenirlos.

A partir de esa fecha, cualquier nueva contratación en el hogar familiar debe contar con la evaluación de riesgos antes del inicio de la actividad, o en un plazo muy breve tras la incorporación, tal como marca el Real Decreto 893/2024.

La medida favorece a todas las personas trabajadoras que prestan servicios en el ámbito del servicio del hogar familiar, quienes realizan tareas como limpieza, cuidado de mayores o niños, cocina, jardinería, conserjería o conducción.

Por primera vez, integra el empleo del hogar – un sector irregular en el que mayoritariamente son mujeres– en el sistema general de prevención de riesgos laborales, acercando sus derechos en materia de seguridad y salud a los del resto de personas trabajadoras.

La persona empleadora deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos en su lugar de trabajo, actualizarla y adoptar medidas preventivas cada vez que contrate su personal, establece el Real Decreto.

Su evaluación se ingresa a través de la plataforma gratuita Prevención10, puesta a disposición por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) desde mayo de 2025.

Con esta medida, las personas trabajadoras del hogar pasan a estar integradas en el sistema de protección previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, según establece el Real Decreto 893/2024. Esto les garantiza el derecho a la vigilancia periódica de la salud —con una revisión al menos cada tres años—, así como el derecho a recibir información y formación en materia preventiva y a participar en las medidas de seguridad relacionadas con su trabajo.

También pueden paralizar una actividad si existe un riesgo grave e inminente para su seguridad.

La regulación incluye además protección frente a situaciones de violencia o acoso. Esto abarca la violencia de género, el acoso sexual y cualquier forma de trato discriminatorio por origen racial o étnico, nacionalidad, sexo, identidad u orientación sexual o expresión de género.

El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar sanciones económicas. Las multas oscilan entre 2.451 euros en los casos leves y hasta 24.000 o incluso 49.180 euros en supuestos con agravantes, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

Cerca de 1,3 millones de personas favorecidas

Unos 1,3 millones de personas figuran contratadas en el Servicio Doméstico, según las cifras de población activa del Instituto Nacional de Estadística (INE) en 2023. De ellas, el 62 % se concentra en solo cuatro comunidades autónomas: Madrid, con el 22 %, Cataluña con el 17 %, Andalucía con el 13 % y la Comunidad Valenciana con el 10 %. El resto de territorios agrupa el 38 % restante de los empleos del hogar.

En 2023, el 6,1 % de todas las personas ocupadas correspondía a actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico, una cifra que recae casi por completo en mujeres, que representan el 5,5 % del total. Este porcentaje en 2014 era del 8,2 %, mientras que en 2024 se situó en torno al 5,7 %, lo que significa que en una década, los contratos en el sector del hogar han disminuido 2,5 puntos, manteniendo una tendencia sostenida a la baja.

La incorporación de las trabajadoras del hogar a una normativa laboral plena ha sido un proceso gradual. Primero llegó la obligación de cotizar a la Seguridad Social a través del Sistema Especial de Empleadas del Hogar, regulado por el Real Decreto 1620/2011. Más adelante, en 2022, se sumó la cotización por desempleo y la cobertura del FOGASA. En esta misma línea de avances, en 2024 se incorporó por primera vez la protección en materia de seguridad y salud laboral.

 

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