La identificación actual del vacuno funciona: ASAJA se opone al registro digital obligatorio

Por Anastasia Gubin
24 de mayo de 2025 14:13 Actualizado: 26 de mayo de 2025 15:15

El sector ganadero representado por la Asociación Agraria-Jóvenes Agricultores (ASAJA) se opone a la identificación electrónica obligatoria del ganado a partir del 30 de junio. «El sistema actual, basado en una identificación convencional individualizada, es suficiente y adecuado para permitir y garantizar la trazabilidad de los animales», dijo la asociación agraria.

La identificación electrónica, que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) introduce con el objetivo de avanzar en la automatización de algunos procesos industriales, no parece encontrar pleno apoyo entre los ganaderos. La asociación propone que el sistema sea voluntario para que lo implementen quienes crean que pueda ser útil para sus negocios.

«ASAJA está totalmente en desacuerdo con la implementación de esta nueva e innecesaria obligación», añadió la asociación el 23 de mayo.

Los ganaderos argumentan que desde hace 30 años los animales se marcan con un crotal auricular que, según los profesionales del sector funciona, y consideran que el crotal electrónico que propone el Gobierno «no ofrece ninguna garantía adicional en lo que se refiere a trazabilidad» y consideran que es un abuso, escribió el presidente de Asaja, Pedro Barato, en X.

Vacas pastando en un campo de una granja lechera el 26 de abril de 2024. Imagen de archivo (Justin Sullivan/Getty Images)

La Asociación advierte que los ganaderos no están preparados para este tipo de reglamentación y que el nuevo sistema solo supone un sobrecoste.

Además, dificultará la gestión del manejo y el movimiento de animales ya que los ganaderos no podrán movilizarlos si han perdido su crotal electrónico hasta su sustitución.

También argumentan que la identificación no es obligatoria en los animales que se introducen desde el exterior. En estos casos, según el Ministerio de Agricultura, una vez notificado, el animal conserva sus medios de identificación de origen. Estos no se retiran.

«Para que sea realmente útil a nivel general, es necesario que la cadena esté preparada con la tecnología adecuada. Es evidente que en este momento no se da esta circunstancia», dice ASAJA

La asociación dice que, según un reciente informe de la Comisión Europea publicado en agosto de 2023, solo cinco países han establecido la identificación electrónica obligatoria en todo su territorio.

«No se puede hablar de simplificación administrativa mientras se castiga al ganadero con normas inútiles», afirmó Barato.

Toros del ganadero español Juan Pedro Domecq pastan en la finca «Lo Álvaro» del Castillo de las Guardas, cerca de Sevilla. Imagen de archivo (Cristina Quicler/ AFP vía Getty Images)

Sistema de trazabilidad digital del Gobierno

Este sistema de trazabilidad, que comienza por la identificación individual de los animales, se compone, de manera general, de los siguientes elementos:

1. Tener un código de identificación

El Gobierno establece que, todos los bovinos nacidos después del 30 de junio de 2025 —y voluntariamente para los demás— deberán portar dos crotales: un crotal electrónico en la oreja izquierda y un crotal convencional en la oreja derecha, con un código que contendrá los siguientes caracteres:

– Los dígitos 724 (en la porción electrónica) o las letras ES (en la porción visual), que identifican a España.
– Dos dígitos que se corresponderán con la especie: «22» o, en el caso de los bovinos reidentificados electrónicamente, «27».
– Dos dígitos que identifican a la comunidad autónoma, a la Ciudad de Ceuta o a la de Melilla.
– Ocho dígitos que identifican individualmente al animal.

(Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación)

2. Documentos

Además, al animal le tendrán que acompañar en todos los desplazamientos dos documentos: uno de identificación —voluntario dentro del territorio nacional— y otro documento de movimiento, que recogerá todos los desplazamientos dentro de España y hasta la explotación de destino.

El Gobierno exige conservar los documentos que acompañan al movimiento de los animales que entran en la explotación, y un duplicado de los que salen, durante un periodo mínimo de tres años desde la fecha del movimiento.

Toros del ganadero español Juan Pedro Domecq pastan en la finca «Lo Álvaro» del Castillo de las Guardas, cerca de Sevilla. Imagen de archivo (Cristina Quicler/ AFP vía Getty Images)

3. Libro de registro y base de datos

Además, los ganaderos están obligados a guardar un Libro de registro de explotación —que puede llevarse de forma manual o informatizada y que deberá estar accesible a la autoridad competente durante un periodo mínimo de tres años—.

También deberán utilizar la base de datos SITRAN, integrada por el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA), el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) y el Registro General de Movimientos del Ganado (REMO).

El Gobierno establece un sistema de identificación alternativa para la raza de lidia para las que la autoridad competente puede autorizar la identificación alternativa contemplada en el artículo 40 del Reglamento Delegado (UE) 2019/2035 en la Raza de lidia.

Se trata de disposiciones especiales para la identificación de bovinos de razas criadas expresamente para acontecimientos culturales o deportivos tradicionales.

Otros reglamentos ver aquí

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