ECONOMÍA

¿Vigilará Hacienda todos tus Bizum a partir de enero? La verdad detrás del revuelo

Tras la oleada de comentarios en redes sociales, explicamos la medida oficial, despejamos dudas y ayudamos a entender si te afecta o no
diciembre 16, 2025 14:54, Last Updated: diciembre 16, 2025 14:54
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En los últimos días, las redes sociales han estado agitadas por una nueva medida del Gobierno.

Miles de usuarios han compartido mensajes sobre cómo Hacienda controlará «todos» los pagos por Bizum a partir del 1 de enero de 2026.

Se habla de que incluso los Bizum pequeños y recurrentes —como los que un padre envía a su hijo para el alquiler— pasarán por la lupa fiscal.

Ha sido tal el desconcierto que, ayer, el Ministerio de Hacienda publicó una nota aclaratoria sobre las informaciones que circulan.

«Se trata de informaciones incorrectas», afirma textualmente la nota.

Pero, entonces, ¿era todo un bulo? ¿O el contenido es cierto parcialmente? ¿Por qué el Gobierno tuvo que publicar una aclaración?

A continuación ponemos «blanco sobre negro» para entender exactamente qué cambia, a quién afecta y, sobre todo, si debes preocuparte o no.

¿Qué es realmente la nueva medida?

Imagen ilustrativa. (Cris Canton/Shutterstock)

La norma proviene del Real Decreto 253/2025 (publicado en el BOE el 2 de abril), que modifica las obligaciones de información de bancos y entidades de pago.

A partir de febrero de 2026 (los datos del primer mes se reportan en febrero), los bancos deberán enviar a la Agencia Tributaria información mensual acumulada sobre los cobros recibidos por empresarios y profesionales a través de Bizum o sistemas similares.

No se trata de vigilar operación por operación, sino de un informe agregado: identificación del profesional, importe total cobrado en el mes y cuentas asociadas.

El objetivo declarado es combatir la economía sumergida: detectar a autónomos o empresas que cobren servicios sin declarar ni facturar.

¿Qué no cambia para los particulares?

Imagen ilustrativa. (MAYA LAB / Shutterstock)

La respuesta oficial es clara y rotunda.

«¿Deben declararse los ‘bizums’ entre particulares? No. Solo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España. Quedan así excluidos los cobros entre particulares», indica la nota del Ministerio de Hacienda.

Por tanto, si tú eres un particular (no autónomo ni empresa) y recibes Bizum de amigos, familia o compañeros, no se informa nada a Hacienda por esta vía.

Imagina estas situaciones cotidianas:

– Divides la cuenta de una cena con amigos: Cada uno envía 30 o 40 euros al que pagó la cena. Son pagos entre particulares. No se reporta nada. Puedes seguir haciéndolo sin problema.

– Envías dinero a tu hijo universitario: Un padre o madre le manda 200 o 300 euros mensuales para el alquiler o gastos. Si el hijo es particular (no autónomo), el receptor no es profesional. El banco no informa ese movimiento por esta norma.

– Regalo de cumpleaños o boda: Tus amigos te hacen un Bizum colectivo de 500 euros para un viaje. Es un pago entre particulares. Queda fuera del reporte automático.

– Pagas a un fontanero autónomo: Él te cobra 150 euros por arreglar una avería y te pide Bizum. Si el fontanero está adherido al sistema de cobros profesionales, sí se incluye en su informe mensual agregado. Hacienda podrá cruzar datos para ver si lo declaró.

¿Y si eres autónomo? Ahí sí cambia el panorama

Imagen ilustrativa. (nampix/Shutterstock)

Si tienes alta como autónomo o eres profesional (fontanero, profesor particular, diseñador freelance, etc.) y usas Bizum para cobrar a clientes, todos tus cobros por esta vía —por pequeños que sean— entrarán en el informe mensual que tu banco envía a Hacienda.

Antes existía un umbral (operaciones superiores a ciertos importes), pero ahora se elimina.

Según explica Expansión, los bancos reportarán NIF, nombre, importe mensual facturado y cuentas asociadas.

Esto obliga a los autónomos a ser más rigurosos: emitir factura o ticket por cada cobro y declararlo correctamente en IVA e IRPF.


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Expertos fiscales consultados por el medio recomiendan separar completamente las cuentas personales de las profesionales para evitar confusiones.

El matiz de las donaciones familiares recurrentes

Imagen ilustrativa. (VH-studio / Shutterstock)

Aunque la nueva medida no vigila directamente los Bizum familiares, existe un aspecto que conviene conocer.

Las ayudas económicas recurrentes de padres a hijos (o entre familiares) se consideran técnicamente donaciones y están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, gestionado por las comunidades autónomas.

En la mayoría de regiones hay bonificaciones muy altas (incluso exención total hasta ciertos importes) entre padres e hijos.

Pero siempre es recomendable declararlas si superan los límites autonómicos.

Antes, muchos movimientos volaban bajo el radar porque se hacían en efectivo.

Con el rastro digital, si Hacienda inspecciona por otro motivo, para detectar patrones.

La solución práctica: usar transferencia bancaria con concepto claro («ayuda familiar») o declarar la donación en la comunidad correspondiente para aprovechar las bonificaciones.


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Consejos prácticos si usas Bizum a menudo

Si eres particular y solo lo usas con amigos o familia: sigue como siempre. No te afecta esta medida.

Si eres autónomo: separa cuentas, emite siempre factura y declara correctamente. Así evitas sorpresas en una inspección.

Para ayudas familiares grandes o recurrentes: considera transferencia bancaria con concepto claro o declaración voluntaria como donación (muchas comunidades lo bonifican al 99 % o 100 %).

Si tienes dudas concretas sobre tu caso: consulta a un asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria.


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En definitiva, la normativa —al menos en los términos oficiales— busca cerrar huecos a la economía irregular. La inmensa mayoría de españoles —los que usan Bizum para dividir gastos o ayudar a la familia— pueden respirar tranquilos, al menos por ahora.

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